Tu proveedor aparece en la lista del SAT
Cuando un emisor llega al listado definitivo, las facturas que le pagaste dejan de producir efectos fiscales. Tienes treinta días hábiles desde la publicación en el DOF para acreditar que la operación fue real o para corregir tu declaración. Si no lo haces, vienen los créditos fiscales y la operación puede tratarse como simulada también en lo penal.
ARTÍCULO 69-B DEL CFF